{xtypo_rounded2}Para intentar solucionar el problema derivado de las competencias en materia de evaluación ambiental en la legislación autonómica vasca{/xtypo_rounded2}
La delegada territorial del Colegio de Geógrafos en el País Vasco y representantes del Departamento de Geografía, Prehistoria y Arqueología de la Universidad del País Vasco – Euskal herriko Unibertsitatea van a mantener una reunión el próximo miércoles, día 19, nos reuniremos con la Directora de Administración Ambiental y uno de los Jefes de Servicio.en contacto con el Gobierno Vasco para intentar solucionar el problema derivado de las competencias en materia de evaluación ambiental en la legislación autonómica vasca.
En noviembre de 2012 se publicó en el BOPV el DECRETO 212/2012, mediante el cual se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental (ECA) de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta nueva regulación supone que, en adelante, cualquier empresa (pública o privada) que quiera adjudicarse la realización de informes y estudios relacionados con procedimientos administrativos de validación y control ambiental, debe estar previamente inscrita en el mencionado registro de entidades. Por su parte, también el Departamento que tiene atribuidas las competencias en materia de medio ambiente podrá requerir los servicios de las entidades de colaboración ambiental en el desarrollo de los diferentes procedimientos administrativos u otras actividades encomendadas en su área de actuación.
Para que una empresa pueda ser admitida en el registro de las ECAs debe cumplir una serie de requisitos en relación a la competencia técnica y la cualificación interna del personal. Las empresas solicitantes deberán también disponer de procedimientos de gestión que el propio decreto detalla (calidad, auditorías, verificación y validación, etc.) o, en su defecto, certificados de acreditación expedidos por entidades de acreditación autorizadas.
El decreto incluye dos largos y detallados anexos en los que se especifica la capacitación necesaria de las empresas y de sus trabajadores (a nivel individual) para que puedan ser admitidos en el registro de ECAs. En ellos se concretan los requerimientos para cada tipo de actividad (evaluaciones de impacto, gestión de residuos, contaminación, etc.) En todos los casos se exige que el personal disponga de titulación universitaria técnica o científica, un tiempo de experiencia variable según la temática y, en algunos de ellos, que se disponga de acreditaciones UNE-EN ISO/IEC específicas.
De la lectura de los anexos mencionados se puede concluir que los requerimientos son, en principio, bastante genéricos, de modo que un geógraf@ que cuente con la experiencia determinada en cada caso y/o con la necesaria acreditación UNE-EN ISO/IEC, debería obtener sin ningún problema el reconocimiento de su competencia. La experiencia demuestra, sin embargo, que desde el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca se ha negado ya a algún geógraf@ dicho reconocimiento, alegando que la titulación no es la adecuada. El Colegio de Geógrafos espera poder alcanzar una solución negociada a esta situación. En la reunión se aportarán informes específicos del Servicio de Defensa de la Profesión, así como diversas sentencias firmes de tribunales que reconocen la competencia de los geógrafos como técnicos en materia de evaluación ambiental.